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Custodia Legal

El comienzo de una custodia en la Florida es típicamente usada para en dos situaciones – ya sea el menor recibe activos in exceso de $15,000 o cuando una persona está incapacitada. Si una custodia es buscada porque una persona está incapacitada, entonces implica dos audiencias. En la primera audiencia la corte determina si la persona es incapacitada; en la segunda audiencia apunta un guardián si la persona fue determinada.

Incapacidad

Una persona está legalmente incapacitada si él o ella están determinada judicialmente de carecer la capacidad para manejar al menos parte de la propiedad o reúne por los menos algunos de los requisitos esenciales de salud y seguridad. F.S.§ 744.102 (12).

La corte nombrara un comité examinador compuesto por tres profesionales, generalmente un psiquiatra, psicólogo, y un tercer profesional para que entreviste a la persona y presente un informe ante la corte. Ver. F.S. §744.331(3).

La corte también nombrara un abogado para representar a la persona supuestamente incapacitada. Incapacidad Parcial o Total debe ser establecida por medio de evidencia clara y convincente. F.S. §744.331.

Nombramiento del Tutor

Cualquier adulto residente de Florida puede servir como tutor. Un no-residente del estado puede servir si él o ella es un familiar cercano. Ver F.S. §744.309.

La corte da consideración a los deseos expresados por la persona incapacitada por medio de una declaración escrita de tutor pre-nombrado o en la audiencia. Instituciones, así como un guardián público puede ser nombrado, pero el departamento de fideicomiso de un banco solo puede ser nombrado como guardián de la propiedad y no como tutor de la persona.

Aprender Más

Usted encontrara las respuestas a muchas de sus preguntas acerca de la Tutela en Florida en nuestra Guía de Referencia Rápida de la Tutela en Florida.

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