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Informática de Fideicomisos y Testamentos para Abogados de la Florida

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Informática de Fideicomisos y Testamentos para Abogados de la Florida

REFERENCIA DE LEGALIZACÓN DE LA FLORIDA

Por Phillip B. Rarick, Esq., Abogado de Legalización de Miami

Resumen Ejecutivo

La legalización es el proceso legal en cual los bienes de un descendiente son transferidos a otra persona de acuerdo a la voluntad del descendiente, o al estado de la Florida por las leyes de sucesión intestadas después que todos los acreedores legítimos hayan sido pagados. El Representante Personal (en otros estados llamado el “Ejecutor”) es la persona designada por un testamento a seguir las instrucciones del testamento y administrar los bienes en cumplimiento estricto con las leyes de la Florida. Si no hay un testamento, el Representador Personal es la persona autorizada para administrar los bienes por la ley de la Florida.

Esta guía explica:

  • Los tres tipos de procedimientos en la Florida
  • Los plazos y honorarios del abogado conectado a cada uno de los procedimientos
  • Seis Plazos Críticos
  • Legalización secundaria para descendientes que no viven en la Florida pero tienen propiedad en ella
  • Raíz de Domicilio legal: el problema mas confuso para muchos; le ayudaremos a aclarar

Nota: Usted necesita a un Abogado de la Florida. En la Florida, cada representante personal, a menos que el representante personal sea la única persona interesada, debe ser representado/a por un abogado admitido a practicar en la Florida.

Esto es un resumen corto, no una revisión completa sobre la ley. Esta guía es designada para abordar las preguntas más comunes sobre la legalización de la Florida.

Preguntas específicas sobre bienes deben ser dirigidas a un abogado de Miami con experiencia. Aunque estamos localizados en Miami Lakes, nuestra firma puede representarlo/a usualmente en cualquier condado de la Florida si la legalización no tiene oposición.

      A. Tres Tipos de Procedimientos

La Florida tiene tres tipos de procedimientos para transferir el título de los bienes del descendiente.

  1. No Legalización: Propensión Sin Administración

Cuando Disponible: Este procedimiento solo puede ser usado por estados pequeños – menos de la cuenta de un funeral o al máximo de $6000 en algunos condados. Este procedimiento le permite a alguien que pagó por los últimos gastos de la persona – el funeral y gastos de la última enfermedad – a ser devuelto por los activos de los bienes. Fla. Stat. 735.301 Solo puede ser usado cuando el difunto/a no dejo bienes, y los únicos activos son exentos de las reclamaciones de los acreedores o no exceden la cantidad de los últimos gastos.

  1. Resumen de Administración

Cuando Disponible: Resumen de administración puede ser usado para un residente o un no-residente de los bienes del descendiente si (a) el valor de los bienes del descendiente sugeridos a administración en este estad, propiedad exclusiva de exención, no exceden $75,000; o (b) el descendiente ha estado muerto por mas de dos años, a pesar del tamaño de los bienes. F. S. 735.201(2)

Nota: El valor es el ingreso bruto, en lugar del valor neto de los bienes. El valor de homestead no es incluido en el valor de los ingresos brutos.

Periodo de tiempo: De 3 a 6 meses para simple, y administraciones incontestadas en casi todos los condados. Sin embargo, el periodo de tiempo puede variar de acuerdo con el condado de la Florida.

Honorarios de abogados: Los Sumarios de Administración son generalmente pagados por la tarifa del abogado por cada hora. Después de  revisar el testamento (si hay uno), inventario, y certificado de muerte, nuestra firma puede darle un cálculo razonable de nuestros honorarios.

  1. Administración Formal

Cuando Es Necesario: Esta administración debe ser usada si los vienes del descendiente no califican para Resumen de Administración porque  los bienes del descendiente exceden $75,000 o el descendiente a estado muerto/a por menos de dos años. Estratégicamente, si el descendiente tenía todos los activos en un fideicomiso, Administración Formal puede ser recomendable para claramente cortar las demandas de los acreedores.

Periodo de Tiempo: De 6 a 9 meses si es simple e incontestada para la mayoría de países. Sin embargo, el periodo de tiempo puede variar de acuerdo con el condado de la Florida. Bienes más complicados son de 9 meses a un año o más. Si un impuesto federal de bienes (Formulario 706) es requerido, tiempo adicional puede ser necesitado para terminar los asuntos con el IRS.

Honorarios de abogados: La ley de la Florida ofrece un presunto esquema de honorarios legales basados en el valor de los bienes testamentarios. Se trata de lo siguiente:

  • $100,000- $1 millón: 3%
  • Sobre $1 millón- $3 millones: 2.5%
  • Sobre $3 millones-$5 millones: 2%
  • Sobre $5 millones- $10 millones: 1.5%
  • Sobre $10 millones: 1%

Honorarios adicionales pueden ser cobrados cada hora por servicios extraordinarios, como la venta de bienes, preparación de devolución de impuestos, representando la masa hereditaria si el testamento es contestado, etc. F.S. 733.6171

Honorarios de Representantes Personales: Los precios de honorarios para un RP es similar, pero no igual, a los de un abogado.

Poderes y Deberes de un Representante Personal

El Representante Personal (o “RP”) es un fiduciario y legalmente es responsable de los bienes de los beneficiarios. El RP es también la persona responsable al IRS por el último entrego de los impuestos del descendiente, los impuestos federales si necesario, y cualquier otro impuesto requerido por los bienes.

Los primeros deberes de un RP son: estar seguro de que todas las propiedades y los papeles del descendiente estén seguros, y poner en orden todos los activos. Por supuesto, el RP debe seguir la ley de la Florida estrictamente. Como notado anteriormente, lo más pronto posible después de la muerte del descendiente, el RP debe contratar a un abogado de legalización en la Florida, al menos que el RP sea la única persona interesada.

Listas Útiles para el Representante Personal

  1. Seis Fechas Críticas De Legalización En La Florida
  2. Depósito De Testamento: 10 días después de muerte.
  3. Presentar Inventario De Legalización: 60 días después de la fecha de emisión de las Cartas de Administración.
  4. Fecha Límite Para Presentar Una Reclamación Contra Las Propiedades: En o antes de la fecha de tres meses después de la primera fecha de publicación o treinta días después de servicio del aviso de acreedores para acreedores conocidos. F. S. 733.702(1). Si no hay publicación o servicio del aviso de acreedores, la fecha de límite es dos años desde el dia de muerte. Nota: Administración Formal requiere la publicación de un aviso de acreedores.
  5. Fecha Límite Para Que Un Representante Personal Rechace Una Reclamación: El RP puede rechazar una reclamación en cualquier momento dentro del tiempo de cuatro meses desde el día de la primera publicación del avise de acreedores o 30 días a partir del presentación de la reclamación. F. S. 733.705(2). Si el RP no se opone dentro de este tiempo, la reclamación debe es permitida.
  6. Estatuto De Limitaciones Para Reclamaciones Contra Ser Bienes Inmuebles Administrado O No Administrados: Dos años desde la fecha de muerte, excepto de cualquier declamación de IRS.
  7. Elección De Homestead Para Esposo/A Sobreviviente: 6 meses a partir de la fecha de muerte del difunto para optar al derecho en los bienes por su vida o para optar en obtener 50% del interés.
  1. Administración Auxiliar de sucesiones

¿Qué es la Administración de Auxiliar?

Esto es un proceso legal que es disponible para un descendiente que vive en un estado fuera de la Florida en el momento de muerte, pero quien tiene propiedad en la Florida – usualmente bienes. La administración auxiliar es el proceso legal requerido para transferir título legal en activos ubicado en la Florida a los beneficiarios de la propiedad en la Florida.

Cuando Disponible:

Si el descendiente tiene un testamento: Cuando el descendiente tiene un testamento que esta siendo legalizado en otro estado, el Representante Personal para la propiedad puede solicitarle a la corte de legalización de la Florida que admita el testamento del descendiente en el condado en que la propiedad esta localizada.

Cuando el testamento es admitido y anotado por orden de la corte de la Florida, el testamento debe ser considerado valido y efectivo como si fuere a ser ejecutado en la Florida. Con el apruebo de la corte de legalización de la Florida, el Representante Personal puede ambos, vender la propiedad o distribuirla a los beneficiarios.

Si el descendiente no tiene un testamento: En la situación donde el descendiente no dejo un testamento y hay procedimientos de legalización en el estado que el descendiente murió, el Representante Personal puede solicitar que la corte de la Florida enseñe prueba de ciertas suplicas de la legalización domiciliaria.

Tiempo de Plazo: El tiempo para abrir y cerrar una administración de legalización auxiliar en la Florida depende en el tipo de procedimiento necesario. El procedimiento puede ser un Resumen de Administracion para propiedades menos de $75,000 o donde el descendiente ha estado muerto por más de dos años. De otra forma, el procedimiento será una Administración Formal. Para ver el tiempo de plazo para cada tipo de administración lea arriba.

  1. Homestead: Trampas para los que Confían

Los problemas que tienen que ver con homestead son los más comunes que pueden confundir a los abogados. Primero, identifique si el descendiente tuvo homestead en la Florida. Si el descendiente vivió en la Florida y tuvo una propiedad, la posibilidad de problemas de homestead debe ser analizada. Si el descendiente dividió tiempo para vivir en la Florida y en otro estado, usted debe determinar primero el estado de domicilio, como solo un residente de la Florida puede reclamar homestead. Si el descendiente sobrevivió con un esposo/a o un hijo/a menor (cualquier persona menor de 18), homestead de la Florida sobrepasa cualquier cosa que este escrito en el testamento o fideicomiso del descendiente. El esposo/a sobreviviente es dado una propiedad y el menor el interés que sobra. F. S. 732.401.

Homestead no es considerada parte de legalización, pero el representante personal puede tener responsabilidad de preservarla, garantizarla y protegerla. F. S. 733,608(2). Si hay alguna pregunta sobre homestead o si el descendiente tiene acreedores, la Petición de Homestead debe ser filiada, porque homestead es pasada a herederos que califiquen libre de reclamaciones contra la propiedad.

Nota: Nuevos cambios legislativos a F.S. 732.401 permiten al esposo/a sobreviviente optar fuera de la propiedad, y en ves, elegir a escoger 50% interés en la propiedad.

Conclusión:

La perdida de un ser querido es un tiempo difícil para la familia y amigos. Hemos ayudado guiar a muchas familias en estos tiempos. Nuestros abogados le ayudaran desde el principio hasta el final del proceso de legalización. Le daremos ayuda para que pueda priorizar sus deberes, organice la propiedad, y ayudar a que cumpla con todas las leyes de legalización en la Florida. Hablaremos sobre los honorarios para abogados y como usted puede ayudar a minimizar los honorarios. Nos esforzaremos en abrir y cerrar la legalización lo más pronto posible.

Para hacer una cita con un abogado de legalización en la Florida, llame a Phil Rarick al (305) 556-5209 o escriba a prarick@raricklaw.com.

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